Ayudas para el Apoyo y Fomento a la Investigación en Materia de Igualdad e Inclusión 2020

​​Estado: Revisando justificaciones

Objetivo y características de las ayudas

El objeto de esta convocatoria es estimular al personal investigador de la UGR para la generación de líneas de investigación en este campo, y servir de herramienta preparatoria hacia una posterior solicitud de proyectos de investigación en los ámbitos nacional e internacional.

La duración de las acciones estará comprendida entre la fecha de resolución definitiva de las ayudas y el 30 de noviembre de 2021.

La dotación económica de las ayudas será como máximo de 2.500 €.

Las actividades propuestas estarán alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de la ONU, mostrando información y difusión de estos objetivos en cada una de ellas.

Los proyectos incluirán actuaciones de difusión que podrán ser incluidas dentro de las actuaciones que lleve a cabo el Vicerrectorado, donde se darán a conocer los resultados obtenidos. Se valorará especialmente la difusión del proyecto en las clases de las titulaciones en las que imparten docencia los miembros del grupo de trabajo, así como eventos en los diferentes centros.

En cualquier caso, se informará al Vicerrectorado de todos los actos de difusión previamente a su desarrollo, para coordinar actuaciones.

No se concederán ayudas a acciones que correspondan a una actividad que haya recibido financiación directa o indirectamente en algún otro programa de este plan.

Cualquier acción derivada de la ejecución del proyecto, en exposiciones públicas o en todo tipo de publicaciones, deberá reflejar el logotipo de la UGR y hacer constar: “Actividad realizada con el apoyo del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad de la UGR”.

Financiación y plazo de ejecución del proyecto

Los proyectos concedidos deberán llevarse a cabo durante el curso académico 2020-2021.

La dotación económica de las ayudas será como máximo de 2.500 €.

El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad remitirá a las personas beneficiarias de estas ayudas una notificación del nombramiento y una carta de aceptación. Dicha carta de aceptación deberá ser cumplimentada y firmada por la persona solicitante de la ayuda y remitida al Vicerrectorado en el plazo indicado.

El abono de las ayudas se realizará en un único pago, mediante la figura del cargo/abono entre centros de la UGR, al centro de gastos indicado por el/la solicitante, una vez recibida la carta de aceptación del mismo.

Serán objeto de financiación mediante esta convocatoria, gastos de material fungible, bibliográfico, gastos de divulgación y difusión, desplazamientos y servicios técnicos. No se podrán imputar gastos de carácter protocolario y caterings. Los gastos correspondientes al material inventariable deberán estar adecuadamente justificados y serán financiables hasta un máximo de 400€. Se entregarán facturas originales normalizadas de esos gastos.

La justificación de las ayudas deberá ser presentada antes del 30 de noviembre de 2021.

El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad se reserva el derecho a reclamar la información suplementaria que considere conveniente para aclarar o detallar el contenido de las propuestas.

Personas que solicitan

Podrán participar en la presente convocatoria las personas que formen parte de la comunidad universitaria que tengan vinculación laboral o estatutariamente con la UGR durante la duración del proyecto.

Se valorará la conformación de grupos de trabajo multidisciplinares y transdisciplinares, que cuenten con estudiantado de la UGR.

Cada solicitante (o grupo de solicitantes) podrá presentar cuantas propuestas considere oportunas, asumiendo la responsabilidad de la realización de las mismas. No obstante, en aras de favorecer la distribución de las ayudas entre el mayor número de solicitantes y proyectos, en ningún caso se concederá más de una ayuda para un mismo proyecto y solo excepcionalmente en caso de disponibilidad presupuestaria podrá concederse más de una ayuda a la misma persona solicitante.

No podrán concurrir a esta convocatoria quienes habiendo recibido subvenciones de la UGR en convocatorias anteriores, no hayan justificado adecuadamente en forma y plazo las ayudas recibidas.

Formalización y plazo de presentación de solicitudes

1. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde la publicación de esta convocatoria hasta el 31 de mayo de 2020.

2. Las propuestas deberán enviarse telemáticamente, mediante la cumplimentación del formulario disponible al final de esta página, al que incluirá la siguiente documentación:

3. Una vez realizado este trámite, recibirá un mensaje de confirmación a la dirección de correo electrónico indicada en el formularioel cual deberá imprimir, firmar y presentar, dentro del plazo establecido en la convocatoria, en cualquiera de los siguientes lugares:

  • Registro General de la UGR (Hospital Real).
  • Registro de cualquier centro académico. (Facultades, Escuelas Técnicas Superiores).
  • Registro telemático disponible en la Sede Electrónica de la UGR.
  • Cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

4. La presentación de la solicitud supone la aceptación de las Bases por las que se rige la presente convocatoria.

Criterios de valoración

Se valorarán las solicitudes presentadas atendiendo a la puntuación obtenida en los siguientes criterios:

A. Calidad y pertinencia científico-técnica, relevancia de la propuesta

  1. La problemática que aborda la investigación es relevante para promover la igualdad plena de todas las personas en la sociedad.
  2. La investigación está adecuadamente justificada en relación  a la problemática detectada en materia de igualdad.
  3. El proyecto está vinculado con las políticas de igualdad nacional, autonómica y local.
  4. La investigación cuenta con relevancia científica y social.

B. Calidad, trayectoria y adecuación del equipo de investigación

  1. Vinculación del proyecto con actividades docentes y/o investigadoras de los miembros del equipo.
  2. Participación conjunta en el equipo del proyecto de miembros de diferentes disciplinas. Interdisciplinariedad y transdisciplinariedad del equipo del proyecto
  3. El grupo de trabajo del proyecto incluye personal investigador de la UGR en fase de formación/especialización.
  4. Incorporación en el equipo del proyecto de personal investigador de otras universidades nacionales y/o extranjeras.

C. Impacto del proyecto - Alineación con los ejes estratégicos UGR (Repercusión en la comunidad universitaria y la sociedad)

  1. Los resultados de la investigación presentan alta capacidad de generar futuras acciones de intervención en materia de igualdad.
  2. El proyecto contempla la publicación de los resultados obtenidos en un formato de informe científico estándar.
  3. La solicitud contempla la presentación de proyectos a próximas convocatorias de los programas de ayudas andaluza, nacional o europeo.
  4. Alineación del proyecto con la Estrategia Horizonte 2020.
  5. Alineación del proyecto con los objetivos de desarrollo sostenible (ODS).
  6. Potencial transnacional del equipo y proyecto.
  7. El proyecto introduce elementos innovadores.
  8. Se prevé la realización de tesis doctorales, TFM o TFG en relación con la propuesta planteada.

D. Coherencia del proyecto

  1. Existe coherencia en la lógica del proyecto: objetivo - metodología –técnicas – actividades previstas – cronograma - presupuesto.
  2. Adecuada distribución de recursos materiales y humanos para la realización de las actividades previstas.
  3. Los indicadores son coherentes con los objetivos planteados y los resultados esperados.
  4. La formación y experiencia que aporta el equipo del proyecto  son adecuadas para llevar a cabo el proyecto propuesto.

E. Viabilidad y sostenibilidad

  1. Los costes previstos se encuentran claramente justificados y son razonables.
  2. El proyecto realiza un buen manejo de los recursos del ambiente.
  3. El proyecto contempla la equidad de género.
  4. La metodología y el análisis que plantea el proyecto son acorde a los resultados esperados.

Resolución, alegaciones y recursos

  • La Comisión evaluadora de la presente convocatoria será la responsable de resolver la convocatoria. Se publicará una resolución provisional que, tras el período preceptivo de alegaciones y las modificaciones que de ellas se deriven, se elevará a definitiva.
  • Contra la resolución definitiva se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Granada, al amparo de lo dispuesto en el artículo 84.2) de los Estatutos de la Universidad de Granada publicados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Una vez resuelta la convocatoria, el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad publicará a través de su página web la relación de actividades seleccionadas.

Justificación y seguimiento de los proyectos

1. El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad establecerá un sistema de contactos periódicos con las personas responsables de los distintos proyectos, a fin de acompañar la evaluación y el seguimiento de los mismos.

2. Las personas que coordinen los proyectos seleccionados se comprometen a presentar un INFORME FINAL DE JUSTIFICACIÓN económica y técnica, debidamente cumplimentado antes del 30 de noviembre de 2021(excepto para quién haya solicitado la ampliación, debido a la pandemia), aportando la siguiente documentación:

  • Justificación económica de los gastos realizados: la persona responsable del centro de gastos de la UGR y de la actividad concedida presentará el extracto actualizado de los gastos realizados. 
  • Copia de otros materiales realizados como resultado del proyecto, como publicaciones, informes, reportajes, folletos, etc.

3. Previo al inicio del proyecto se firmará un compromiso de la persona solicitante comprometiéndose a llevarlo a cabo en las condiciones establecidas.

4. El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad podrá convocar a las personas responsables de los proyectos subvencionados para realizar sesiones informativas, de sensibilización o de presentación de resultados, donde se darán a conocer el material gráfico, audiovisual y la documentación que se haya generado. La Universidad de Granada podrá utilizar este material para preparar documentos de difusión de actividades, realizar acciones, campañas de sensibilización, emitir notas de prensa, organizar exposiciones e incluirlo en su memoria anual de actividades.

Modificación de proyectos y revocación de las ayudas

  • Cualquier cambio sustancial sobre el contenido del proyecto o sobre el calendario de ejecución de las actividades habrá de ser comunicado por escrito al Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad, con la antelación suficiente.
  • El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad podrá revocar total o parcialmente la ayuda concedida cuando no se respeten los términos establecidos, cuando se modifique significativamente el contenido del proyecto o cuando concurran alteraciones temporales o sustantivas que no hayan sido previamente comunicadas y autorizadas.
  • También podrá dar lugar a la revocación de la ayuda, la no presentación del informe final de justificación o de los justificantes originales del gasto realizado en la fecha establecida para la finalización de la actividad.

Documentación a presentar

Solicitud - Impresos y formulario 

Justificación - Impresos y formulario 

 

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