Prevención y atención

La Universidad de Granada ante el acoso

La Universidad de Granada se compromete a proporcionar un ambiente de aprendizaje, de trabajo y de vida donde se respeten los derechos y la dignidad de todos los miembros de la Comunidad Universitaria, en el cual se apoyen la carrera y el progreso sobre la base del trabajo y del rendimiento académico libre de acoso, intimidación, victimización y discriminación.

Con carácter general, se entiende por acoso, en cualquiera de sus formas, todo comportamiento por acción u omisión mantenido en el tiempo, sea éste verbal o físico, que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de la persona, en particular cuando se crea en entorno de indefensión, intimidatorio, degradante u ofensivo.

¿Qué es el acoso sexual?

Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual, que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se cree un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.

Algunos ejemplos de conductas que puedan constituir acoso sexual:

  1. Contacto físico innecesario, rozamientos, palmadas, abrazos, besos ….
  2. Observaciones sugerentes y desagradables, chistes o comentarios sobre la apariencia, aspecto o condición sexual de la persona, y abusos verbales deliberados.
  3. Cualquier mensaje manuscrito, hablado o electrónico de carácter ofensivo o de contenido sexual.

¿Qué es el acoso por razón de sexo?

Cualquier comportamiento relacionado con el sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.

Algunos ejemplos de conductas que puedan constituir acoso por razón de sexo:

  1. Comentarios despectivos acerca de las mujeres o de los valores considerados femeninos, y, en general, comentarios sexistas basados en prejuicios de género. También se pueden producir contra los hombres.
  2. Conductas hostiles hacia quienes ejerciten derechos de conciliación de la vida personal, familiar y profesional.
  3. Minusvaloración, desprecio o aislamiento de quien no se comporte conforme a los roles socialmente asignados a su sexo.

¿Qué es el acoso psicológico o moral?

La exposición a conductas de violencia psicológica intensa, dirigidas de forma reiterada y prolongada en el tiempo hacia una o más personas, por parte de otra/s que actúan frente a aquélla/s desde una posición de poder –no necesariamente jerárquica sino en términos psicológicos-, con el propósito o el efecto de crear un entorno hostil o humillante que perturbe la vida profesional de la víctima.

Dentro del acoso moral discriminatorio se incluye también toda conducta no deseada relacionada con el origen racial o étnico, religión o convicciones, diversidad funcional, o por diversidad sexual de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad y crear un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo.

Algunos ejemplos de conductas que pueden constituir acoso psicológico o moral:

  1. Dejar a una determinada persona dentro de su ámbito habitual (laboral, docencia, investigación o estudios) de forma continuada sin ocupación efectiva, o incomunicada, sin causa alguna que lo justifique.

¿Qué es el acoso laboral?

Hostigamiento psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad la- boral o funcionarial que humille a quien lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad.

Algunos ejemplos de conductas que pueden constituir acoso laboral:

  1. Dejar al profesional de forma continuada sin ocupación efectiva, o incomunicado, sin causa alguna que lo justifique, ocupación en tareas inútiles o que no tienen valor.
  2. Exigir resultados desproporcionados de imposible cumplimiento con relación a los me- dios materiales y personales que se asignan.
  3. Insultar o menospreciar repetidamente, reprenderlo reiteradamente delante de otras personas, o difundir rumores sobre su profesión o sobre su vida privada.

¿Qué es el ciberacoso?

El hostigamiento y ataque en cualquiera de las formas de acoso a través de las tecnologías de la comunicación.

Algunos ejemplos de conductas que pueden constituir ciberacoso:

  1. Hostigamiento: envío de imágenes o de vídeos denigrantes, seguimiento mediante software espía, remisión de virus informáticos y humillación utilizando videojuegos.
  2. Denigración: distribución de información sobre otra persona en un tono despectivo y falso mediante un anuncio en una web, envío de correos electrónicos, de mensajería instantánea o de fotografías de una persona alteradas digitalmente.

Se pueden incluir también los cuadernos de opinión en línea.

    La prevención del acoso en la Universidad de Granada se articula en torno a tres grandes ejes de actuación.

    • Prevención Primaria: consistente en la conciencias y sensibilización de la comunidad universitaria para evitar que se den este tipo de conductas, y para que puedan ser detectadas e identificadas en caso de producirse.
    • Prevención Secundaria: actuando sobre los contextos, circunstancias y factores de riesgo qu posibilitan la aparición de las conductas de acoso en sus diferentes formas y tipos, así como sobre las personas que se encuentren afectadas por esos ambientes.
    • Prevención Terciaria: aplicación de la normativa existente para investigar y dar respuesta a los casos de acoso denunciados.

    ¿Quién puede denunciar?

    1. La propia persona afectada.
    2. Terceras personas que tengan conocimiento de la situación.
    3. La Unidad de Igualdad y Conciliación, si tuviera conocimiento de los hechos.

    En estos dos últimos casos, se pondrán inmediatamente los hechos en conocimiento de la víctima y, si confirma su existencia, se continuará con el procedimiento.se debe dirigir a la Unidad de Igualdad de la UGR. 

    ¿Cómo es el procedimiento?

    Podrá ser un procedimiento “informal” tras la queja realizada directamente por la víctima o por otras personas que conozcan el caso, o un procedimiento “disciplinario” cuando se produzca una denuncia explícita sobre una conducta de acoso, o cuando tras el inicio del procedimiento informal se constate que en realidad pueda tratarse de una situación de acoso.

    • Procedimiento informal de solución es un instrumento a favor de la persona que entienda que puede ser víctima de acoso, o para actuar ante determinados indicios y circunstancias que puedan evolucionar hacia una conducta de acoso. En ambas situaciones los hechos no revelan la existencia de una conducta manifiesta de acoso, si así fuera se iniciaría directamente el Protocolo Disciplinario formal.
    • Procedimiento disciplinario formal se establecerá cuando los hechos no fueran canalizables a través del procedimiento informal de solución, o, aunque lo fueren, si la persona presuntamente víctima decide no utilizarlo, o si, habiéndolo utilizado, se hubieran reiterado los comportamientos, la persona presuntamente víctima podrá presentar la correspondiente denuncia ante la Inspección de servicios, para iniciar el procedimiento disciplinario formal a los efectos de la exigencia de la responsabilidad disciplinaria en que haya podido incurrir la persona presuntamente agresora.

    ¿Cómo se inicia?

    El procedimiento informal se iniciará con la presentación ante la OPRA de una queja, en cualquier formato y vía, por parte presunta de la presunta víctima, por parte de terceros o bien de oficio por la Unidad de Igualdad si tuviera conocimiento de los hechos.

      El Procedimiento disciplinario formal se iniciará cuando los hechos no fueran canalizables a través del procedimiento informal de solución, o, aunque lo fueren, si la persona presuntamente víctima decide no utilizarlo, o si, habiéndolo utilizado, se hubieran reiterado los comportamientos, la persona presuntamente víctima podrá presentar la correspondiente denuncia ante la Inspección de servicios, para iniciar el procedimiento disciplinario formal a los efectos de la exigencia de la responsabilidad disciplinaria en que haya podido incurrir la persona presuntamente agresora. Durante la tramitación del procedimiento de actuación, la Inspección de Servicios, el Defensor Universitario y la OPRA coordinarán sus respectivas actuaciones. En concreto se pondrá en conocimiento de la Oficina de Prevención y Respuesta entre el Acoso la existencia del caso para iniciar las medidas de atención y prevención de la víctima, evitando la multiplicidad de actuaciones en un mismo sentido y la victimización secundaria.

      Red creada para sensibilizar, prevenir, detectar y actuar contra la violencia de género y cualquier discriminación por razón de género que se produzca en el ámbito universitario andaluz.

      Curso: Red universitaria contra la violencia de género: formación de agentes clave: acción formativa dirigida al estudiantado de la UGR para dotar de las herramientas necesarias para participar como agente clave en la creación de la Red universitaria contra la violencia de género.

      Recursos Universidad de Granada

      Recursos externos

      Botón SOS AlertCops

      El Ministerio del Interior refuerza la protección delas víctimas de violencia de género y del personal sanitario con el nuevo Botón SOS de la aplicación AlertCops.

      La nueva funcionalidad facilitará la identificación y ubicación de la víctima y grabará 10 segundos de los hechos que estén ocurriendo para obtener una respuesta inmediata de las Fuerzas de Seguridad

      Hay que pulsar al menos cinco veces en menos de 6 segundos el Botón SOS y el sistema de forma automática remitirá la alerta al centro policial más cercano

      AlertCops, la aplicación para dispositivos móviles de comunicación directa con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, incorpora un Botón SOS para personal sanitario y mujeres víctimas de violencia de género.

      AlertCops es un servicio prestado a través de una aplicación gratuita en dispositivos móviles, que proporciona un canal directo con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para comunicar un hecho del que se es víctima o testigo. Permite establecer llamadas y alertas geo-posicionadas para una atención inmediata y habilita un chat directo tipo WhatsApp con el centro de atención de Policía Nacional o Guardia Civil más cercano a la persona usuaria, al que se le permite remitir fotos o videos de la situación y recibir ayuda.

      Funcionamiento del Botón SOS

      Esta nueva funcionalidad puede ser descargada o actualizada de forma gratuita tanto para Android como para IOS en sus correspondientes mercados de aplicaciones. Con ella, y en caso de necesidad, las víctimas de violencia de género podrán requerir de forma discreta la asistencia inmediata de las Fuerzas de Seguridad del Estado.

      Para ello, deberán pulsar al menos cinco veces en menos de 6 segundos el Botón SOS de sus teléfonos móviles y, de forma inmediata, el sistema remitirá automáticamente la alerta al centro policial más cercano. Adicionalmente, grabará 10 segundos de audio y lo enviará también como anexo a la alerta para que los efectivos policiales puedan valorar la gravedad de la situación.

      Además tanto el teléfono 016 como el correo @email siguen activos las 24 horas del día para cualquier tipo de asesoramiento. El servicio se presta en 52 idiomas, está adaptado para mujeres con discapacidad (www.telesor.es) y dispone de un servicio de interpretación visual (www.svisual.org).

      Instituto Andaluz de la Mujer

      • Teléfono andaluz de atención a las mujeres 900 200 99
        • 24 horas, 365 días. Confidencial y gratuito. Más de 50.

        • Atención y gestión de acogimiento en caso de emergencia a mujeres víctimas de violencia de género.

        • Asesoramiento jurídico especializado para mujeres víctimas de violencia de género.

        • Permite canalizar denuncias en materia de discriminación en sus distintas manifestaciones.

        • Información sobre los servicios, programas y recursos de los que disponen las mujeres.

      • Asesoramiento jurídico online

      • Atención psicológica

        • Programa de atención psicológica a mujeres menores de edad víctimas de violencia de género

        • Apoyo psicológico vía telefónica a las hijas e hijos de mujeres víctimas de violencia de género

        • Servicio de apoyo en crisis a hijas e hijos de mujeres víctimas de violencia de género

      • Centro municipal de información a la mujer 958248116

      Violencia Sexual

      En cuanto al Servicio de atención telefónica inmediata contra la violencia sexual, cuya finalidad es la de prestar una atención jurídica y psicológica en crisis a aquellas mujeres que hayan sufrido alguna forma de violencia sexual de manera reciente, se puede acceder a éste de manera directa a través del teléfono 900 200 999. Además, para facilitar su acceso de la forma más privada y segura posible, se ha habilitado el correo electrónico @email

      Teléfonos

      • Emergéncias: 112
      • Policía nacional: 091
      • Guardia Civil: 062
      • Atención victimas de violencia de género: 016
      • Centro provincial IAM Granada: 958025800

      Guías y recursos

      Acreditación de la condición de víctima de violencia de género